「외국인투자법」 [법률 제21382/1976호, 1993.9.17, 제정]
• 국 가 ‧ 지 역: 멕시코 • 제 정 일: 1993년 12월 27일 • 개 정 일: 2018년 6월 15일
a) La participación de inversionistas extranjeros, en cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas; b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de capital extranjero; y c) La participación de inversionistas extranjeros en las actividades y actos contemplados por esta Ley.
Fracción reformada DOF 09-04- 2012
Artículo reformado DOF 25-05- 2011
Las reglas sobre la participación de la inversión extranjera en las actividades del sector financiero contempladas en esta Ley, se aplicarán sin perjuicio de lo que establezcan las leyes específicas para esas actividades. Para efectos de determinar el porcentaje de inversión extranjera en las actividades económicas sujetas a límites máximos de participación, no se computará la inversión extranjera que, de manera indirecta, sea realizada en dichas actividades a través de sociedades mexicanas con mayoría de capital mexicano, siempre que estas últimas no se encuentren controladas por la inversión extranjera. Párrafo adicionado DOF 24-12- 1996
Fracción reformada DOF 11-08- 2014
Fracción derogada DOF 11-08- 2014
Fracción reformada DOF 11-08- 2014
Fracción derogada DOF 07-06- 1995
Fracción derogada DOF 12-05- 1995
Fracción derogada DOF 11-08- 2014
Fracción derogada DOF 14-07- 2014
Fracción derogada DOF 20-08- 2008
La inversión extranjera no podrá participar en las actividades y sociedades mencionadas en el presente artículo directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidación, u otro mecanismo que les otorgue control o participación alguna, salvo por lo dispuesto en el Título Quinto de esta Ley.
Sociedades cooperativas de producción;
Fracción derogada DOF 26-06- 2017
a) (Se deroga). Inciso derogado DOF 19-01- 1999 b) (Se deroga). Inciso derogado DOF 19-01- 1999 c) (Se deroga). Inciso derogado DOF 19-01- 1999 d) (Se deroga). Inciso derogado DOF 19-01- 1999 e) Se deroga Inciso derogado DOF 10-01- 2014 f) Se deroga Inciso derogado DOF 10-01- 2014 g) Se deroga Inciso derogado DOF 10-01- 2014 h) Se deroga Inciso derogado DOF 10-01- 2014 i) Se deroga. Inciso derogado DOF 18-07- 2006 j) Se deroga. Inciso derogado DOF 18-07- 2006 k) Se deroga. Inciso derogado DOF 18-07- 2006 l) Se deroga Inciso derogado DOF 10-01- 2014 m) (Se deroga). Inciso derogado DOF 04-06- 2001 n) (Se deroga). Inciso derogado DOF 04-06- 2001 o) Se deroga Inciso derogado DOF 10-01- 2014 p) Fabricación y comercialización de explosivos, armas de fuego, cartuchos, municiones y fuegos artificiales, sin incluir la adquisición y utilización de explosivos para actividades industriales y extractivas, ni la elaboración de mezclas explosivas para el consumo de dichas actividades; q) Impresión y publicación de periódicos para circulación exclusiva en territorio nacional; r) Acciones serie “T” de sociedades que tengan en propiedad tierras agrícolas, ganaderas y forestales; s) Pesca en agua dulce, costera y en la zona económica exclusiva, sin incluir acuacultura; t) Administración portuaria integral; u) Servicios portuarios de pilotaje a las embarcaciones para realizar operaciones de navegación interior en los términos de la Ley de la materia; v) Sociedades navieras dedicadas a la explotación comercial de embarcaciones para la navegación interior y de cabotaje, con excepción de cruceros turísticos y la explotación de dragas y artefactos navales para la construcción, conservación y operación portuaria; w) Suministro de combustibles y lubricantes para embarcaciones y aeronaves y equipo ferroviario; Inciso reformado DOF 26-06- 2017 x) Radiodifusión. Dentro de este máximo de inversión extranjera se estará a la reciprocidad que exista en el país en el que se encuentre constituido el inversionista o el agente económico que controle en última instancia a éste, directa o indirectamente, y Inciso reformado DOF 14-07- 2014, 26-06-2017 y) Servicio de transporte aéreo nacional regular y no regular; servicio de transporte aéreo internacional no regular en la modalidad de taxi aéreo; y, servicio de transporte aéreo especializado. Inciso adicionado DOF 26-06- 2017 Fracción reformada DOF 24-12- 1996
Fracción reformada DOF 12-05- 1995. Derogada DOF 24-12- 1996 Los límites para la participación de inversión extranjera señalados en este artículo, no podrán ser rebasados directamente, ni a través de fideicomisos, convenios, pactos sociales o estatutarios, esquemas de piramidación, o cualquier otro mecanismo que otorgue control o una participación mayor a la que se establece, salvo por lo dispuesto en el Título Quinto de esta Ley.
Fracción reformada DOF 24-12- 1996
Fracción derogada DOF 10-01- 2014
Fracción derogada DOF 10-01- 2014
Fracción derogada DOF 10-01- 2014
Fracción derogada DOF 14-07- 2014
Fracción reformada DOF 24-12- 1996. Derogada DOF 11-08-2014
Fracción reformada DOF 24-12- 1996. Derogada DOF 11-08- 2014
Fracción adicionada DOF 24-12- 1996
「헌법」 제27조제I항에 규정 된 협약을 정관에 포함하는 회 사의 경우 다음이 적용된다.
전체가 제한구역 밖에 위치한 기초자치단체 내에 소재한 부 동산을 취득하거나 국토 내에 서 광산 및 수역의 탐사 및 개 발에 대한 양허권을 취득하려 는 경우, 신청일로부터 5영업 일 이내에 외교부의 반려 사실 이 연방 관보에 게재되지 아니 하면, 허가가 부여되는 것으로 본다. 취득하려는 부동산이 위치한 기초자치단체가 부분적으로 제 한구역에 포함되는 경우, 외교 부는 제출일로부터 30영업일 이내에 신청에 대한 결정을 내 린다. 국립 통계지리정보학연구소는 일부 또는 전부가 제한구역에 소재한 지방자치단체의 목록을 작성하여 연방 관보에 게시하 고 그 현행성을 유지하여야 한 다. 외교부는 외국인이 이 조에서 정하는 권리를 취득하기 위하 여 「헌법」 제27조제1항에서 정하는 문서를 해당기관에 제 츨함으로써 그 밖의 기관의 허 가가 요구되지 아니하는 경우 를 결정하여 그 합의를 연방 관보에 게재할 수 있다.
외교부는 언제든 이 편에 규정 된 허가가 부여되는 조건의 준 수 여부를 확인할 수 있다.
외교부는 주무 기관에 허가 신 청이 접수된 날로부터 5영업일 이내 또는 해당 기관의 광역지 방자치단체의 대표에게 제출된 경우 30영업일 이내에 이를 결정한다. 기간 내에 결정하지 아니하는 경우, 승인된 것으로 본다.
외국인 배제 조항을 수용 조항 으로 변경하는 회사는 변경 후 30영업일 이내에 외교부에 알 려야 한다. 회사가 비주거 목적으로 제한 구역 소재 부동산을 소유한 경 우, 전 항에서 정하는 기간 내 에 제10조제I항에 명시된 통지 를 하여야 한다.
a) 해당 법인이 해당 국가의 법률에 따라 구성된 사실을 증 명함 b) 사회적 계약 및 그 밖의 법 인 설립 관련 문서가 멕시코 법으로 정하는 공공 질서 관련 규칙에 위배되지 아니함 c) 전 조 제1항에서 정하는 법 인은 공화국에 설립되었거나 공화국에 지점이 있는 경우, 전 조 제II항은 영업 예정인 지역에 계약한 의무에 대응할 권한이 있는 대리인이 있는 경 우 상기 요건을 충족하는 모든 신 청은 제출일로부터 15영업일 이내에 승인되어야 한다. 기간 내 결의가 없는 경우 승인된 것으로 본다. 경제부는 외교부에 이 조에 따 른 신청 및 허가의 사본을 송 부한다.
사무국은 요청을 제출한 다음 날부터 최대 35영업일 이내에 승인 신청을 반려할 수 있다. 결의 없이 기간이 만료되면 승 인된 것으로 본다.
경제부는 신청 교부 다음 날부 터 최대 35영업일 내에 신청 을 반려할 수 있다. 결의 없이 기간이 만료되면 승인된 것으 로 본다.
위원회는 최소 6개월마다 회합 하고 다수결로 소관 사무에 관 한 문제를 결정하며, 가부동수 일 경우 위원장이 결정권을 가 진다.
위원회가 소정 기간 내에 결정 하지 아니하는 경우 제시된 조 건에 따라 승인된 것으로 본 다. 이해당사자의 명시적 요청 에 따라 사무국은 해당 승인을 발급하여야 한다
위원회는 신청의 출처에 대하 여 무역을 교란하지 아니하는 요건만 부과할 수 있다.
a) La inversión extranjera; b) Los mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional, o c) La inversión neutra;
a) Personas físicas o morales extranjeras, o b) Mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional, y
La obligación de inscripción correrá a cargo de las personas físicas o morales a que se refieren las fracciones I y II y, en el caso de la fracción III, la obligación corresponderá a las instituciones fiduciarias. La inscripción deberá realizarse dentro de los 40 días hábiles contados a partir de la fecha de constitución de la sociedad o de participación de la inversión extranjera; de formalización o protocolización de los documentos relativos de la sociedad extranjera; o de constitución del fideicomiso respectivo u otorgamiento de derechos de fideicomisario en favor de la inversión extranjera.
a) Nombre, denominación o razón social, domicilio, fecha de constitución en su caso, y principal actividad económica a desarrollar; b) Nombre y domicilio del representante legal; c) Nombre y domicilio de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones; d) Nombre, denominación o razón social, nacionalidad y condición de estancia en su caso, domicilio de los inversionistas extranjeros en el exterior o en el país y su porcentaje de participación; e) Importe del capital social suscrito y pagado o suscrito y pagadero; y f) Fecha estimada de inicio de operaciones y monto aproximado de inversión total con su calendarización.
a) Denominación de la institución fiduciaria; b) Nombre, denominación o razón social, domicilio y nacionalidad de la inversión extranjera o de los inversionistas extranjeros fideicomitentes; c) Nombre, denominación o razón social, domicilio y nacionalidad de la inversión extranjera o de los inversionistas extranjeros designados fideicomisarios; d) Fecha de constitución, fines y duración del fideicomiso; y e) Descripción, valor, destino y en su caso, ubicación del patrimonio fideicomitido Una vez expedida la constancia de inscripción y sus renovaciones, el Registro se reserva la facultad de solicitar aclaraciones con respecto a la información presentada. Cualquier modificación a la información presentada en los términos de este artículo deberá ser notificada al Registro conforme a lo que establezca su reglamento.
Los actos, convenios o pactos sociales y estatutarios declarados nulos por la Secretaría, por ser contrarios a lo establecido en esta Ley, no surtirán efectos legales entre las partes ni se podrán hacer valer ante terceros.
Para efectos del presente artículo, por salario se entiende el salario mínimo diario general, vigente en el Distrito Federal al momento de determinarse la infracción. Para la determinación e imposición de las sanciones se deberá oír previamente al interesado y, en el caso de sanciones pecuniarias, tomar en consideración la naturaleza y la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, el tiempo transcurrido entre la fecha en que se debió cumplir la obligación y su cumplimiento o regularización, y el valor total de la operación. Corresponderá a la Secretaría la imposición de las sanciones, excepto por lo que hace a la infracción a la que se refiere la fracción V de este artículo y las demás relacionadas con los Títulos Segundo y Tercero de esta Ley, que serán aplicadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores. La imposición de las sanciones a que se refiere el presente Título, será sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que en su caso corresponda.
Sin embargo, en las actividades mencionadas la inversión extranjera podrá participar de conformidad con las disposiciones siguientes:
México, D. F., a 15 de diciembre de 1993.- Dip. Fernando Rodríguez Cerna, Presidente.- Sen. Eduardo Robledo Rincón, Presidente.- Dip. Juan Adrián Ramírez García, Secretario.- Sen. Antonio Melgar Aranda, Secretario.- Rúbricas". En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil noveciento noventa y tres.- Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, José Patrocinio González Blanco Garrido.- Rúbrica.
「외국인투자법」 [법률 제21382/1976호, 1993.9.17, 제정]
• 국 가 ‧ 지 역: 멕시코 • 제 정 일: 1993년 12월 27일 • 개 정 일: 2018년 6월 15일
a) 멕시코 기업의 자본금에 외국투자가 참여하는 경우 b) 외국자본이 다수인 멕시코 회사들이 이행하는 경우 c)이 법에 의해 고려 된 활동 과 행동에 외국인 투자자의 참여.
일부 개정 DOF 2012-09-04
개정된 조 DOF 2011-05-25
이 법에서 고려되는 금융 부문의 활동에 대한 외국인 투자 참여에 관한 규정을 적용하는 경우, 해당 활동에 대한 특정 법률이 정한 사 항에 상충되지 아니하도록 한다. 참여의 최대 한도의 대상이 되는 경제 활동에 관한 외국인투자 비 율의 산정에 있어, 이러한 활동에 서 대부분이 국내자본으로 구성된 멕시코 회사를 통하여 간접적으로 수행되는 외국인투자의 경우, 그 운용이 외국인투자의 통제 하에 있지 아니한 경우 포함하지 아니 한다. 추가된 항 DOF 1996-12-24
개정된 항 DOF 1996-12-24
폐지된 항 DOF 2014-11-08
분수 수정 DOF 08-11-2014
폐지된 항 DOF 1995-06-07
폐지된 항 DOF 1995-06-07
폐지된 항 DOF 08-11-2014
폐지된 항 DOF 2014-07-14
폐지된 항 DOF 2008-08-20
외국인 투자는 이 조에서 정하는 활동 및 회사에의 직접 참여 또는 신탁, 계약, 회사의 협약 또는 법 적 협약, 피라미드 제도 또는 그 밖에 통제나 참여 권한을 부여하 는 메커니즘에 참여할 수 없으며, 이때 이 법 제5편에서 정하는 경 우는 제외한다.
생산협동회사;
폐지된 항 DOF 2017-06-26
a) (폐지됨). 폐지된 호 DOF 1999-01-19 b) (폐지됨). 폐지된 호 DOF 1999-01-19 c) (폐지됨). 폐지된 호 DOF 1999-01-19 d) (폐지됨). 폐지된 호 DOF 1999-01-19 e) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2014-10-01 f) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2014-10-01 g) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2014-10-01 h) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2014-10-01 i) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2006-07-18 j) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2006-07-18 k) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2006-07-18 l) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2014-10-01 m)(폐지됨). 폐지된 호 DOF 2001-04-06 n) (폐지됨). 폐지된 호 DOF 2001-04-06 o) 폐지됨 폐지된 호 DOF 2014-10-01 p) 폭발물, 총기, 카트리지, 탄약 및 불꽃 놀이의 제조 및 판 매, 이때 산업 및 채굴 활동 을 위한 폭발물의 취득 및 사 용 또는 상기 활동에서의 소 비를 위한 폭발혼합물의 제조 를 포함하지 아니함 q) 국내 유통을 위한 정기간행물 의 인쇄 및 발행 r) 농지, 목축지 및 임지를 소유 한 회사의 시리즈 "T" 주식 s) 담수어업, 연안어업, 배타적경 제수역에서의 어업, 이때 양 식은 포함하지 아니함 t) 통합적 항만 행정 u) 관련 법률에 따른 내륙항행 을 위한 선박에 대한 시범 항 만 서비스 v) 내륙항행 및 연안무역을 위하 여 선박을 상업적으로 이용하 는 해운사, 이때 관광크루즈 및 항만의 건설, 보존 및 운 영 및 위한 준설선 및 해양설 비의 이용은 제외함 w)선박, 항공기 및 철도 설비에 대한 연료 및 윤활제의 공급; 개정된 호 DOF 2017-06-26 x) 방송. 최대 외국인 투자 범위 내에서, 투자자 또는 이를 직 간접적으로 통제하는 경제적 행위자가 설립된 소재국에 존 재하는 상호 호혜성에 따름 개정된 호 DOF 2014-07-14, 2017-06-26 y) 정기 및 비정규 국가 항공 운 송 서비스 항공 택시 형태의 비정규 국제 항공 운송 서비 스; 전문 항공 운송 서비스. 추가된 호 DOF 06-26-2017 부분 개정 DOF 12-12-1996
부분 개정 DOF 1995-05-12 폐지됨 DOF 1996-12-24 외국인 투자 참여 한도는 이 조에 서 정하는 활동 및 회사에의 직접 참여 또는 신탁, 계약, 회사의 협 약 또는 법적 협약, 피라미드 제 도 또는 그 밖에 통제나 참여 권 한을 부여하는 메커니즘을 통하여 초과될 수 없으며, 이때 이 법 제 5편에서 정하는 경우는 제외한다.
부분 개정 DOF 1996-12-12
일부 폐지 DOF 2014-10-01
일부 폐지 DOF 2014-10-01
일부 폐지 DOF 2014-10-01
일부 폐지 DOF 2014-10-01
일부 폐지 DOF 2014-10-01 폐지됨 11-08-2014-08-11
일부 폐지됨 DOF 2014-07-14 폐지됨 DOF 2014-08-11
일부 추가됨 DOF 12-24-1996
En el caso de las sociedades en cuyos estatutos se incluya el convenio previsto en la fracción I del artículo 27 Constitucional, se estará a lo siguiente:
Cuando el bien inmueble que se pretenda adquirir esté en un municipio totalmente ubicado fuera de la zona restringida o cuando se pretenda obtener una concesión para la explotación de minas y aguas en territorio nacional, el permiso se entenderá otorgado si no se publica en el Diario Oficial de la Federación la negativa de la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la presentación de la solicitud. Cuando el bien inmueble que se pretenda adquirir esté en un municipio parcialmente ubicado dentro de la zona restringida, la Secretaría de Relaciones Exteriores resolverá la petición dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática publicará en el Diario Oficial de la Federación y mantendrá actualizada una lista de los municipios mencionados, así como de los que estén totalmente ubicados en la zona restringida. La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá determinar, mediante acuerdos generales que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, supuestos en los que los extranjeros, para tener el derecho a que se refiere este artículo, sólo deberán presentar ante dicha dependencia un escrito en el que convengan lo dispuesto en la fracción I del artículo 27 constitucional, sin requerir el permiso correspondiente de dicha dependencia.
La Secretaría de Relaciones Exteriores podrá verificar en cualquier tiempo el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se otorguen los permisos previstos en el presente Título, así como la presentación y veracidad del contenido de los avisos dispuestos en el mismo.
Toda solicitud de permiso deberá ser resuelta por la Secretaría de Relaciones Exteriores dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su presentación ante la unidad administrativa central competente, o dentro de los treinta días hábiles siguientes, si se presenta en las delegaciones estatales de dicha dependencia. Concluidos dichos plazos sin que se emita resolución, se entenderá aprobada la solicitud respectiva.
Las sociedades que modifiquen su cláusula de exclusión de extranjeros por la de admisión, deberán notificarlo a la Secretaría de Relaciones Exteriores, dentro de los treinta días hábiles siguientes a dicha modificación. Si estas sociedades son propietarias de bienes inmuebles ubicados en la zona restringida destinados a fines no residenciales, deberán dar el aviso a que se refiere la fracción I del artículo 10 de esta Ley, dentro del plazo previsto en el párrafo anterior.
a) Que dichas personas comprueben que están constituidas de acuerdo con las leyes de su país; b) Que el contrato social y demás documentos constitutivos de dichas personas no sean contrarios a los preceptos de orden público establecidos en las leyes mexicanas, y c) En el caso de las personas a que se refiere la fracción I del artículo anterior, que se establezcan en la República o tengan en ella alguna agencia o sucursal; o, en el caso de las personas a que se refiere la fracción II del artículo anterior, que tengan representante domiciliado en el lugar donde van a operar, autorizado para responder de las obligaciones que contraigan. Toda solicitud que cumpla con los requisitos mencionados, deberá otorgarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. Concluido dicho plazo sin que se emita resolución, se entenderá aprobada. La Secretaría deberá remitir a la Secretaría de Relaciones Exteriores una copia de las solicitudes y de las autorizaciones que otorgue con base en este artículo.
La Secretaría tendrá un plazo máximo de treinta y cinco días hábiles para otorgar o negar la autorización solicitada, contado a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud. Concluido dicho plazo sin que se emita resolución, se entenderá aprobada la solicitud respectiva.
La Secretaría tendrá un plazo máximo de treinta y cinco días hábiles para otorgar o negar la autorización solicitada, contado a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud. Concluido dicho plazo sin que se emita resolución, se entenderá aprobada la solicitud respectiva.
La Comisión se reunirá semestralmente, cuando menos, y decidirá sobre los asuntos de su competencia por mayoría de votos, teniendo su presidente voto de calidad, en caso de empate.
En caso de que la Comisión no resuelva en el plazo señalado, la solicitud se considerará aprobada en los términos presentados. A petición expresa del interesado, la Secretaría deberá expedir la autorización correspondiente.
La Comisión, al resolver sobre la procedencia de una solicitud, sólo podrá imponer requisitos que no distorsionen el comercio internacional.
a) 외국인투자 b) 다른 국적을 소유 또는 취득 한 멕시코인으로서 주소지가 국 외에 있는 자 c) 중성 투자
a) 외국 국적의 자연인 또는 법 인 b) 다른 국적을 소유하거나 취 득한 멕시코인으로서 주소지가 국외에 있는 자
제I항, 제II항에서 정하는 자연 인과 법인, 그리고 제III항에서 규정하는 신탁기관은 등록 신청 의 의무가 있다. 회사의 설립일, 외국인투자에의 참여, 외국 회 사 관련 문서의 공식화 또는 형 식화, 또는 해당 신탁의 설립 또는 외국인투자를 위하여 수탁 자에 권리를 부여하는 날부터 40영업일 이내에 신청하여야 한 다.
a) 성명, 명칭 또는 상호, 주소, 경우에 따라 설립일, 수행 예정 인 주요 경제 활동 b) 법정대리인의 성명 및 주소 c) 통지의 청취 및 수령 권한이 있는 사람의 성명 및 주소 d) 해외 또는 국내에 있는 외국 투자가의 성명, 명칭 또는 상호, 국적 및 체류 자격, 경우에 따라 외국투자가의 주소지 및 지분율 e) 출자 또는 납입했거나, 출자 또는 납입 예정인 자본금 f) 예상 운영 개시일 및 대략적 인 총투자 금액과 그 일정
a) 신탁기관의 명칭 b) 외국인투자 또는 외국투자가 의 성명, 명칭 또는 상호, 주소 및 국적 c) 외국인투자 또는 외국투자가 의 이름, 명칭 또는 상호, 주소 및 국적 d) 설립일, 신탁의 목적 및 기간 e) 신탁 자산에 관한 설명, 가 치, 목적 및 경우에 따라 소재지 등록 및 갱신 인증서가 발행되면 등록소는 제공된 정보에 대한 설 명을 요청할 권리가 있다. 이 조에 따라 제출된 정보에 대 하여 어떠한 수정이 있는 경우 등록소에 알려야 하며, 이는 시 행령이 정하는 바에 따른다.
경제부가 무효로 선언한 행위, 합의 또는 사회적 및 법적 협약 은 이 법에 위배되므로, 당사자 간 또는 제3자에 대하여 법적 효력이 없다.
이 조항에서 정하는 월 임금은 위반 행위가 성립되는 시점에 멕시코시티의 일반적인 일일 최 저 임금을 기준으로 한다. 처벌의 결정 및 부과에 관하여 사전에 이해당사자의 의견을 청 취하며, 재정적 처벌의 경우에 는 위반 사실의 성격, 심각성, 위반자의 재정 능력, 의무가 이 행되어야 하는 날짜와 실제 이 행 날짜 사이에 경과된 시간, 그리고 운영의 총 가치를 고려 한다. 처벌 권한은 경제부에 있으며, 이때 이 조의 제V항, 제2편 및 제3편과 관련된 그 밖의 기타 위반 사실을 외교부가 담당한 다. 이 편에서 정하는 처벌은 동시 에 발생할 수 있는 민·형사상의 책임을 침해하지 아니한다.
단 외국인투자는 다음 각 항에 따라 이와 같은 활동에 참여할 수 있다.
멕시코시티, 1993년 12월 15일. 하원의원 페르난도 로드리게스 세 르나, 상원의장 에두아르도 로블 레도 링콘, 하원의원 후안 마드리 안 라미레스, 상원의원 안토니오 멜가르 아란다, 서명 「멕시코 합중국 헌법」 제89조제 I항에 따라 이 법의 마땅한 공포 와 그 준수를 위하여 이 법을 멕 시코시티 소재의 연방 행정부에서 공포한다. 1993년 12월 23일, 카 를로스 살리나스 데 고르타리, 서 명, 내무장관 호세 파트로신코 콘 살레스 블라코 가리도, 서명